sábado, 10 de julio de 2021

Sahara, blistering heat. Longing for the cool shade of a chrysalis. Soft bodied but strong willed, the strongest warrior of the caterpillar clan. 100 crunches a day, 100 push-ups a night.  A never ending regiment and a full course of leaves is all I need to succeed. But every 13 moons, a pale beast returns, and stabs our tree with its horn, cracking the sacred bark. As the bark peels, the leaves refuse to grow. A way of life destroyed. Sixteen feet in front of the others, a perilous journey down the trunk. Enough is enough. Rhinoceros have no need for trees. One giant leap for caterpillar kind, I find myself atop the head, start to chew on its eye, pretend it's a leaf. Alas, an itch is scratched on the bark, I find myself a smear on our precious tree

 OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES 

VISITA DE TRABAJO A COLOMBIA

JUNIO DE 2021

CIDH + OEA

Junio 8 al 10 de 2021

48pp

https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ObservacionesVisita_CIDH_Colombia_SPA.pdf

 

la CIDH reconoce que esa carta política introdujo una arquitectura institucional equilibrada entre los poderes públicos y organismos autónomos con funciones específicas de control la Comisión llama a preservar dicha arquitectura reforzada por el Acuerdo de Paz de 2016 así como a consolidar un sistema operante de pesos y contrapesos la Comisión constató un amplio consenso entre representantes del Estado y la sociedad civil frente a las causas del descontento que subyacen a las protestas tal como la profunda inequidad en la distribución de la riqueza la pobreza la pobreza extrema y el acceso a derechos económicos sociales y culturales en particular educación trabajo y salud igualmente los altos niveles de violencia e impunidad así como la discriminación étnico-racial y de género resulta extremadamente preocupante el alto número de muertes y personas lesionadas así como las graves denuncias de personas desaparecidas violencia sexual y la utilización de perfilamiento étnico-racial igualmente las agresiones a periodistas y a misiones médicas el uso de la figura del traslado por protección y denuncias por detenciones arbitrarias discursos estigmatizantes que a su vez propician un acelerado deterioro del debate público la Comisión Interamericana encuentra especialmente preocupante estos discursos cuando provienen de autoridades públicas la Comisión observa con preocupación la persistencia de lógicas del conflicto armado en la interpretación y respuesta a la actual movilización social al respecto reitera que los desacuerdos se dan entre personas que hay que proteger y no frente a los enemigos que hay que combatir la Comisión considera que la polarización la estigmatización la violencia y la persistencia de lógicas bélicas dificultan todo esfuerzo de diálogo como mecanismo para alcanzar soluciones a la conflictividad social se presentan hallazgos sobre graves violaciones a los derechos humanos en particular respecto del derecho a la vida a la integridad personal y a lalibertad de manifestantes así como otras situaciones que ponen en riesgo la protesta social aumento de los niveles de pobreza inequidad y violencia aunado al creciente número de asesinatos de personas defensoras líderes y lideresas sociales representantes de los pueblos indígenas y afrodescendientes así como firmantes del Acuerdo de Paz indicador de regresividad impositiva además presenta un gasto social relativamente bajo los departamentos con mayor concentración de población por debajo de la línea de pobreza coinciden con las regiones donde preponderan pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes la Comisión también ha recibido información sobre bajos niveles de confianza ciudadana en las instituciones estatales fenómeno que podría explicarse por temas como los altos niveles de impunidad la sentencia STC 7641-2020 de la Corte Suprema de Justicia con fecha del 22 de septiembre de 2020 en esta decisión judicial se evidenció una problemática nacional de intervención violenta arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública envarias de las manifestaciones ciudadanas la Comisión reconoce que esta decisión constituye un precedente judicial importante la CIDH destaca la importancia de que las autoridades concernidas cumplan de manera integral la decisión STC 7641-2020 de forma que se brinden garantías efectivas para el ejercicio del derecho a la protesta en Colombia a juicio de la Comisión el hecho de que las protestas persistan hasta la fecha da cuenta de la magnitud del descontento social y del carácter estructural de sus reivindicaciones la Comisión Interamericana destaca la masiva participación ciudadana en asuntos públicos a través del ejercicio del derecho a la protesta pública y pacífica contemplado en el artículo 37 de la Constitución Política de Colombia y protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos la protesta pacífica ha cumplido un rol esencial en dar visibilidad a reclamos que requieren ser atendidos y voces que deben ser escuchadas la Comisión valora este momento como una oportunidad para el fortalecimiento del sistema democrático y la garantía de los derechos humanos Principales violaciones a los derechos humanos observadas y obstáculos identificados para la garantía del derecho de protesta Como principales preocupaciones identificó: el uso desproporcionado de la fuerza; la violencia basada en género en el marco de la protesta; la violencia étnico-racial en el marco de la protesta; la violencia contra periodistas y contra misiones médicas; irregularidades en los traslados por protección; y denuncias de desaparición; así como el uso de la asistencia militar de las facultades disciplinarias y de la jurisdicción penal militar la Comisión manifiesta su preocupación por las inconsistencias en las cifras registradas por las distintas entidades del Estado así como por las disparidades presentadas entre los números reportados por éstas y aquellos que han resultado de los hechos documentados por la sociedad civil principalmente en relación con víctimas fatales y con personas desaparecidas la Comisión Interamericana manifiesta su firme condena y rechazo por los altos niveles de violencia registrados en el marco de la protesta social tanto aquella ocasionada por el uso excesivo de la fuerza por parte de la fuerza pública como la provocada por grupos ajenos a la protesta misma las autoridades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial están en la obligación de privilegiar el diálogo y la mediación en el desarrollo de las manifestaciones públicas como elementos
determinantes y principales dentro de la actuación de las autoridades administrativas y de policía la CIDH ha podido constatar que en reiteradas ocasiones así como en diversas regiones del país la respuesta del Estado se caracterizó por el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza en muchos casos incluyendo la fuerza letal la Comisión recibió reiteradas denuncias señalando que desde el inicio de las protestas sociales una parte considerable de las actuaciones de la fuerza pública estuvo dirigida a disuadir la participación en las manifestaciones la CIDH también recibió graves denuncias sobre el empleo indiscriminado de armas de fuego contra manifestantes y personas que no participaban en las protestas especialmente en Cali y distintos municipios del Valle del Cauca así como en Pereira Risaralda las denuncias recibidas darían cuenta del empleo de este tipo de armamento presuntamente por parte de algunos integrantes de la fuerza pública algunos de los cuales no estarían plenamente identificados la Comisión también recibió información extremadamente preocupante sobre la posible actuación de personas armadas vestidas de civil algunas de las cuales habrían obrado aparentemente con aquiescencia de miembros de la policía es de indicar que relatos recibidos por la CIDH refieren de manera consistente el uso desproporcionado de la fuerza por agentes del ESMAD refieren el empleo de canicas de vidrio balas o municiones de goma así como el disparo de gases lacrimógenos o asfixiantes de manera indiscriminada ininterrumpida y en ocasiones directamente hacia la cabeza y tórax de las personas manifestantes esto habría resultado en un alto número de personas heridas con lesiones oculares y fallecidas particularmente la Comisión recibió al menos una decena de testimonios de personas que sufrieron lesiones oculares de diversa gravedad los Estados deberán utilizar en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de armas de fuego la CIDH ha podido constatar que en el caso de las protestas en Colombia el uso de artefactos no letales han producido lesiones graves mutilaciones así como la muerte de al menos una persona se recuerda al Estado colombiano que la fuerza letal no puede ser utilizada para meramente mantener o restituir el orden público; la CIDH destaca la importancia de la participación de la sociedad civil en el proceso de diseño de dicha reforma la CIDH condena el alto número de violaciones a los derechos humanos denunciados en el contexto de la protesta social; e insta a las autoridades de Colombia a investigar con debida diligencia a identificar y sancionar a los responsables e informar los resultados debidamente a la ciudadanía y reparar las víctimas y sus familiares la CIDH recuerda las graves repercusiones que produce la falta de debida diligencia al investigar y sancionar los actos de violencia de género según el Proyecto Antonio Nariño que agrupa a varias organizaciones y gremios vinculadas al periodismo en Colombia el periodo de protestas ha sido el mes más violento contra la prensa en las últimas décadas la creciente desconfianza en los medios profundiza el deterioro del debate público y las agresiones contra la prensa dificultan la satisfacción del derecho de las personas a estar informadas desde todos los puntos de vista posibles se recibió información sobre presuntos impedimentos por parte de la fuerza pública particularmente del ESMAD para la atención oportuna de personas manifestantes heridas la Comisión recibió denuncias según las cuales no se conocerían los parámetros objetivos utilizados por la policía para realizar tales figuras policiales se recibieron reiterados relatos por parte de la sociedad civil así como de Defensoría del Pueblo y Procuraduría General en relación con las dificultades para poder acceder a la información sobre las detenciones así como deficiencias en el registro de ingreso o egreso de las personas detenidas la CIDH también recibió denuncias sobre situaciones de violencia e inclusive tratos crueles inhumanos y degradantes que podrían configurar tortura y que habrían sido realizadas bajo la figura del traslado por protección en algunos casos habrían recibido amenazas de ser desaparecidas por encontrarse participando en las protestas la CIDH insta al Estado a evitar privaciones de la libertad mediante el uso arbitrario del traslado por protección la Comisión recibió con extrema preocupación informes de que algunas de las personas reportadas como desaparecidas han sido encontradas sin vida se recibió información por parte de alcaldes,gobernadores e inclusive congresistas que manifestaron que su capacidad para priorizar el diálogo se ha visto menoscabada ante la posibilidad de enfrentar procesos disciplinarios "la protesta social puede manifestarse de muy diversas formas y en las Américas se conocen algunas como cortes de ruta cacerolazos vigilias las condiciones en las que se presentan muchas de estas manifestaciones y reivindicaciones son complejas y requieren por parte de las autoridades respuestas adecuadas en materia de respeto y garantía de los derechos humanos" en este sentido la Comisión hace un llamado a desarrollar un diálogo que incluya especialmente a personas jóvenes a los efectos de buscar alternativas y oportunidades así como a tender puentes entre el Estado y todos los sectores sociales la Comisión fue informada por las organizaciones de la sociedad civil sobre la presunta falta de voluntad de las autoridades a nivel nacional para concertar espacios de diálogo y negociación amplios e inclusivos asimismo las organizaciones también han denunciado incumplimientos sobre los acuerdos alcanzados en manifestaciones pasadas como por ejemplo los acuerdos firmados en el marco del Paro Cívico en Buenaventura estas situaciones habrían profundizado la desconfianza en las instituciones así como habrían incidido en la postura de varios colectivos de permanecer en los cortes de ruta como manera de protesta en tanto no se concreten las negociaciones la CIDH considera relevante que la respuesta del Estado se ajuste a los estándares interamericanos aplicables al derecho a la protesta; y resalta la importancia de la participación social amplia plural y extensa en la construcción de esta normativa la Comisión insta a que se evite el uso de enfoques generalizantes y prohibitivos a las diversas formas de manifestarse en el ejercicio del derecho a la protesta en tanto que algunos de ellos son modalidades de la protesta que canalizan la escucha social de algunas voces que de otro modo difícilmente ingresarían a la agenda o serían parte de la deliberación pública la CIDH recuerda que es preciso tolerar que las manifestaciones generen cierto nivel de perturbación de la vida cotidiana por ejemplo con relación al tráfico y las actividades comerciales a fin de no privar de su esencia al derecho de reunión pacífica cuando la eventual perturbación a la vida cotidiana en el seno de las protestas se extiende en el tiempo y escala a punto de comprometer gravemente la garantía de otros derechos como por ejemplo el i)derecho a la vida ii) aprovisionamiento de alimentos; y/o iii) el derecho a la salud se acentúa el deber del Estado de facilitar todos los mecanismos de diálogo posibles y la coexistencia de todos los derechos en tensión teniendo el uso de la fuerza como último recurso la prevención de la violencia la transparencia y rendición de cuentas de los agentes del Estado que atiende las protestas es fundamental para la garantía de los derechos en tensión las obligaciones del Estado se extienden a la protección de manifestantes frente a violaciones y abusos por parte de terceros es deber del Estado garantizar el derecho a la protesta así como brindar condiciones para el ejercicio de los derechos de terceros que no participan en las manifestaciones privilegiar el diálogo también implica garantizar las condiciones para que quienes participan de las protestas a su vez puedan participar de las instancias de diálogo o mediación sin temor promover y reforzar desde el más alto nivel del Estado un proceso nacional de diálogo genuino con enfoque territorial que permita la escucha de todos los sectores en especial a aquéllos que han sido más afectados por discriminación histórica social y estructural en el país respetar y garantizar el pleno goce del derecho a la protesta a la libertad de expresión a la reunión pacífica y a la participación política de toda la población tomar las medidas necesarias para el cese inmediato del uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad de Colombia en el marco de las protestas sociales asegurar que las fuerzas de seguridad que intervengan para proteger y controlar el desarrollo de las manifestaciones y protestas tengan como prioridad la defensa de la vida y la integridad de las personas absteniéndose de detener arbitrariamente a manifestantes o de violar sus derechos en cualquier otra forma de acuerdo con los protocolos vigentes implementar de manera inmediata mecanismos para prohibir de manera efectiva el uso de la fuerza letal como recurso en las manifestaciones públicas abstenerse de prohibir de manera generalizada y a priori los cortes de ruta como modalidades de protestas crear un mecanismo permanente de diálogo en la estructura del Estado conformado por negociadores entrenados en mediación de conflictos y que tengan la capacidad necesaria para avanzar con procesos de diálogos  transparentes y voluntarios incorporando a autoridades locales como gobernadores y alcaldes para atender las particularidades de los territorios la CIDH continuará monitoreando el desarrollo de las protestas sociales al tiempo que expresa su más amplia disposición para brindar asistencia técnica al Estado para el seguimiento de las recomendaciones para lo cual anuncia la instalación de un Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia que contribuya a la consolidación de la paz en los diversos sectores de la sociedad
 

 





1 comentario:

Horgen M'Intosh dijo...

La canción Even the Mightiest of Caterpillars... del álbum Content de la banda californiana PlasticBag FaceMask